FISCALÍA DE SLP CAPTURA EN QUERÉTARO A RAÚL “N”, DENUNCIADO POR DIFUNDIR IMÁGENES ÍNTIMAS DE SU EX PAREJA SENTIMENTAL

Luego de ser acusado por su ex pareja sentimental por compartir fotografías y videos íntimos, tras operaciones en colaboración con Querétaro, la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) informó que obtuvo la captura de Raúl “N”. En redes sociales trascendió un video de la detención del señalado donde acompañantes reclaman presunto abuso de autoridad n su detención.
De acuerdo a las indagatorias de agentes Fiscales, el probable responsable de cometer el delito de "difusión ilícita de imágenes íntimas", habría grabado a su ex pareja sentimental manteniendo relaciones sexuales con él y compartió el contenido a través de redes sociales.
La víctima fue apoyada por personal de FGESLP y fue asesorada para iniciar la querella respectiva con la cual se promovió la debida orden de aprehensión.
La Ley Olimpia, aprobada en 2018, es la ley que sanciona la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento en México. Esta ley, que consiste en un conjunto de reformas legislativas, tipifica como delito la violencia digital y la violación a la intimidad sexual, castigando a quienes graben, tomen fotos o difundan imágenes o mensajes de contenido sexual sin autorización.
La Ley Olimpia busca proteger la intimidad sexual y sancionar la difusión no consentida de contenido íntimo a través de medios digitales. La Ley Olimpia también se ha implementado en varios estados de la República Mexicana incluido San Luis Potosí, adaptando las sanciones y endureciendo las penas para este tipo de delitos.
La Policía de Investigación (PDI) implementó estrategias de inteligencia con las que determinó la ubicación del señalado en la entidad queretana, por lo que se activó un convenio de colaboración para capturar al imputado.
Al ser capturado en la región referida, Raúl “N” conoció sus derechos que goza como detenido y posteriormente, será trasladado a territorio potosino, donde la Fiscalía formulará ante un Juez de control el delito mencionado.
La ley se llama así en honor a Olimpia Coral Melo, activista que impulsó las reformas legislativas después de ser víctima de la difusión de un video íntimo sin su consentimiento.
El artículo 199 Octies del Código Penal Federal establece el delito de violación a la intimidad sexual, que incluye la divulgación, distribución o publicación de imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento.

En 2019, el Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas al Código Penal para sancionar el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas hasta con seis años de prisión y establecer la inhabilitación cuando quien cometa esta falta sea un servidor público.
El párrafo primero del artículo 187 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí dicta lo siguiente: "Comete el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas quien transmita, publique o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, por medios impresos, de las Tecnologías de la Información y Telecomunicación (TICs), redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea o cualquier otro medio o espacio digital, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión".
Este delito se sanciona con una pena de tres a seis años de prisión y multa de trecientos hasta mil días del valor de la unidad de medida de actualización. San Luis Potosí está en la lista de los estados que han implementado la Ley Olimpia para hacer frente a la violencia digital y proteger la intimidad de las personas, sancionando la difusión no consentida de contenido íntimo.

El sexting es definido por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito como la figura que “comprende el envío y/o recepción de contenido sexual a través de medios electrónicos. El mismo consiste en el intercambio de imágenes y vídeos sexuales a través de mensajes, redes sociales, e-mail y sobre todo con el teléfono móvil”.
Esto puede ocurrir en diversas situaciones pero que en todos los casos con solo un clic puede destruirse una vida y lamentablemente se han perdido muchas vidas debido a que las víctimas son orilladas al suicidio y a otras conductas destructivas debido al impacto de la difusiones de imágenes de manea ilícita, situaciones que deben prevenirse y sancionarse adecuadamente.
